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Medidas de reestructuración de deuda financiera

Concepto de la medida

Ampliación adicional de plazos

de vencimiento de los préstamos con aval público

Solicitar

Transferencias del estado para reducir la deuda

como último recurso y a negociar con las entidades financieras

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imagen de quien puede solicitar un aval

¿Quién puede acogerse a la reestructuración financiera?

Beneficiarios

Empresas y autónomos con domicilio social en España que atraviesan un desequilibrio patrimonial temporal como consecuencia de la caída significativa de sus ingresos derivada de la pandemia de la COVID 19.

Ámbito de aplicación

Operaciones de financiación concedidas por entidades financieras que cuenten con aval público (ICO, CESCE, CERSA, entre las cuales se incluyen los préstamos avalados por AVALIS DE CATALUNYA S.G.R.), y que se hayan formalizado entre el 17 de marzo de 2020 y el 11 de mayo de 2021.

Puntos de información:

Ampliaciones vencimientos avales públicos

Según Resolución de 27 de junio de 2022, de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 21 de junio de 2022, por el que se instruye al Instituto de Crédito Oficial para habilitar la extensión del vencimiento de los avales liberados al amparo del artículo 29 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, y del artículo 1 del Real Decreto-ley 25/2020, de 3 de julio.

  • El plazo máximo desde la fecha de formalización inicial de la operación garantizada por la SGR será de 10 años.
  • La opción de extender el plazo de la operación, en caso de aprobarse por parte de la Entidad Acreedora y la SGR, no puede suponer o estar condicionada a un incremento del tipo de interés aplicado por la entidad prestamista, que en las operaciones de tipo de interés variable se referirá al diferencial aplicado, ni a un incremento de la comisión de aval aplicada por la SGR.
  • Las comisiones de apertura, estudio u otras comisiones que estuvieran establecidas en la política de precios de la SGR o de la Entidad Acreedora para este tipo de operaciones podrán ser aplicadas.
  • Ni la SGR ni la entidad prestamista están obligadas a aceptar dicha extensión.
  • La extensión del vencimiento de los avales cumplirá con la normativa en materia de Ayudas de Estado.
  • Sólo podrá realizarse una extensión de plazo de vencimiento sujeto a este Acuerdo de Consejo de Ministros por cada operación de financiación.

Medidas para la reducción del endeudamiento

Será necesario un acuerdo de renegociación de la deuda entre las entidades financieras acreedoras y el deudor.

  • Transferencias hasta el 50% del principal avalado pendiente de cada operación, en el supuesto de que la caída de la facturación en 2020 respecto de la facturación de 2019 no sea superior al 70%;
  • Transferencias hasta el 75% del principal avalado pendiente de cada operación, en el supuesto de que la caída de la facturación en 2020 respecto de la facturación de 2019 sea superior al 70%
  • El plazo máximo para la ejecución de los Acuerdos de reducción de deuda y comunicación de las transferencia a CERSA será el 1 de junio de 2023.
  • Requisitos de elegibilidad específicos en la medida para la reducción del endeudamiento: Caída mínima de la facturación del 30% en 2020 respecto de la facturación de 2019. Que la cuenta de pérdidas y ganancias del deudor o deudora, correspondiente al ejercicio 2020, presente un resultado después de impuestos negativo.
Normativa de aplicación

Real Decreto Ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID 19

Resolución de 12 de mayo de 2021, de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, por la cual se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros de día 11 de mayo de 2021 de aprobación del Código de Buenas Prácticas para el marco de renegociación para clientes con financiación avalada prevista en el Real Decreto Ley 5/2021 y se desarrollan las medidas extraordinarias de apoyo público a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19.

Resolución de 27 de junio de 2022 de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 21 de junio de 2022

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