Para realizar operaciones con AVALIS, como Sociedad de Garantia Recíproca, es necesario que el cliente adquiera la condición de socio partícipe mediante la subscripción de una cuota social, condición que se adquiere al ser aprobada la primera operación solicitada.
En consecuencia, el capital social de AVALIS DE CATALUNYA está dividida en dos grupos diferenciados:

Socios protectors
Son entidades públicas y privadas que han realizado una aportación a los fondos propios de AVALIS.
Socios protectores a 31 de Diciembre de 2018:
- Institut Català de Finances
- Generalitat de Catalunya
- Instruments Financers per a Empreses Innovadores, S.L
- Caixabank, S.A.
- Banco Bilbao Vizcaya Argentaria S.A.
- Bankia, S.A.
- Banco Santander, S.A.
- Banco de Sabadell, S.A.
- Consorci de Comerç, Artesania i Moda de Catalunya
- Institut Català de les Empreses Culturals
- Consell General de Cambres de Catalunya
- Preci Inversion, S.L.
- Deutsche Bank, S.A.
- Confederació de Cooperatives de Catalunya
- Caja Rural de Aragón, Sociedad Cooperativa de Crédito
- Caixa de Crèdit dels Enginyers, Societat Cooperativa de Crèdit
- Cajamar Caja Rural, Sociedad Cooperativa de Crédito
- Bankinter, S.A.
- Fundació Especial Pinnae
- Abanca Corporación Bancaria, S.A.
- Arquia Bank, S.A.
- Foment del Treball
- Pimec Petita i Mitjana Empresa de Catalunya
- Associació Catalana de Municipis i Comarques
- Federació de Societats Laborals de Catalunya
- Cambra de Comerç de Tàrrega
Socios partícipes
Son pymes, microempresas, autónomos y profesionales de cualquier sector econónomico catalán, que tienen la doble consideración de ser socios de pleno derecho a la vez que clientes de la Sociedad.
Las empresas o empresarios individuales que deseen realizar una operación con AVALIS han de suscribir una participación social para convertirse en socios partícipes.
Esta participación se recupera al final de la vigencia de la operación siempre que no exista riesgo vivo.
Esto es posible gracias a que las Sociedades de Garantía Recíproca tienen capital variable, permitiendo la entrada y salida de socios sin necesidad de convocar Junta General.
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